Garantías

 

Las garantías son otra forma de contrato por medio del cual a solicitud de un cliente, una institución bancaria se obliga  al pago de una cierta cantidad de dinero a una tercera persona con la que el cliente haya suscrito algún contrato, y que deberá pagarse siempre que se incurra en la falta de cumplimiento según las cláusulas establecidas en el mencionado contrato.
En general, los contratos a que se hace referencia en las garantías son aquellos relacionados con realizaciones de obras, suministro de mercaderías o alguna prestación de servicios.  Se trata  en la mayor parte de los casos, en obligaciones contraídas por el cliente con el estado, aunque también se usan con particulares.
Un caso típico de garantía frecuentemente utilizada, está relacionado con los llamados a licitación para los contratos con el estado, donde se suele exigir condiciones tales como: mantenimiento de la oferta, y ejecución en tiempo y forma de los trabajos licitados.
Otro de los casos de uso de este instrumento, es para cubrir la eventualidad de que en un contrato de obras se produzca la no ejecución del trabajo, la entrega tardía o la ejecución defectuosa. También puede darse que no se reembolsen los pagos que se hayan efectuado a cuenta.
Un ejemplo adicional, puede ser cuando deba asegurarse la entrega de mercaderías por parte de un proveedor a un comerciante.
Cuando sea un banco el que garantice una operación, ante un incumplimiento documentado, deberá hacer el pago de la suma garantizada.
Las garantías llamadas ‘garantía a primera demanda’ son la modalidad más utilizada, donde el banco quedará obligado a pagar ante la sola comunicación de que se ha producido un incumplimiento de la obligación contraída.